Resolución electoral sobre la fiscalización de comicios

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Podrá ser llevada a cabo por fiscales, aun cuando no tengan domicilio en nuestra provincia.

La Junta Nacional Electoral del Distrito Santiago del Estero emitió un comunicado con la firma de su presidente, Dr. Guillermo Molinari, mediante el cual hizo saber a las autoridades de mesa designadas, a los delegados de la Justicia Nacional Electoral, al Correo Argentino, a las fuerzas de seguridad que intervienen en el próximo comicio, a los partidos políticos y a la población en general que en función de la resolución dictada en la causa: “Alianza Cambiemos sobre Fórmula Petición – Interpone acción declarativa de certeza” y declara la inconstitucionalidad del artículo 58 del Código Nacional Electoral, se resolvió que la fiscalización de los comicios del próximo domingo podrá ser llevado a cabo por fiscales de mesa y fiscales generales designados por los partidos políticos y/o alianzas electorales, aun cuando los mismos no residan o no tengan domicilio, ni figuren inscriptos en el padrón de Santiago del Estero.

A tal efecto, deberán acreditar tal carácter mediante actas y/o poderes refrendados por las personas a las que estos organismos invistieron de tal facultad para este distrito electoral. Se advierte además a las fuerzas políticas intervinientes y a las autoridades de mesa y funcionarios designados para el comicio, la vigencia de la disposición contenida en el artículo 87 del Código Nacional Electoral (prohibición de que los fiscales de mesa y/o generales se agreguen manualmente al padrón), destacando en tal sentido que en caso de no figurar en el padrón del distrito, no podrán emitir el sufragio.

El Protagonista

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