La Junta Nacional Electoral del Distrito Santiago del Estero emitió un comunicado con la firma de su presidente, Dr. Guillermo Molinari, mediante el cual hizo saber a las autoridades de mesa designadas, a los delegados de la Justicia Nacional Electoral, al Correo Argentino, a las fuerzas de seguridad que intervienen en el próximo comicio, a los partidos políticos y a la población en general que en función de la resolución dictada en la causa: “Alianza Cambiemos sobre Fórmula Petición – Interpone acción declarativa de certeza” y declara la inconstitucionalidad del artículo 58 del Código Nacional Electoral, se resolvió que la fiscalización de los comicios del próximo domingo podrá ser llevado a cabo por fiscales de mesa y fiscales generales designados por los partidos políticos y/o alianzas electorales, aun cuando los mismos no residan o no tengan domicilio, ni figuren inscriptos en el padrón de Santiago del Estero.
A tal efecto, deberán acreditar tal carácter mediante actas y/o poderes refrendados por las personas a las que estos organismos invistieron de tal facultad para este distrito electoral. Se advierte además a las fuerzas políticas intervinientes y a las autoridades de mesa y funcionarios designados para el comicio, la vigencia de la disposición contenida en el artículo 87 del Código Nacional Electoral (prohibición de que los fiscales de mesa y/o generales se agreguen manualmente al padrón), destacando en tal sentido que en caso de no figurar en el padrón del distrito, no podrán emitir el sufragio.
El Protagonista
