La Justicia declaró nulo el veto de Javier Milei a la ley de emergencia en discapacidad

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Un freno a la motosierra

El juez hizo lugar a un reclamo presentado por los padres de dos niños con discapacidad.

El Juzgado Federal de Campana dictó la invalidez del veto del presidente Javier Milei a la ley que declaró la emergencia en discapacidad. El juez Adrián González Charvay indicó en un fallo publicado este lunes que “el derecho de los niños con discapacidad prevalece ante cuestiones presupuestarias”. El amparo había sido presentado por los padres de dos chicos con autismo, a quienes les negaban los tratamientos necesarios para su estímulo y desarrollo.

El caso y sus consecuencias inmediatas

La resolución judicial responde a una demanda iniciada por dos personas contra el Estado Nacional y tiene efectos directos sobre las prestaciones que reciben dos menores de edad involucrados en la causa.

Amparo a favor: La Justicia hizo lugar parcialmente al amparo presentado por dos personas, cuyas iniciales son O.G.J. y D.R.N.


Orden a la obra social: El fallo ordena que se comunique a la obra social de dos menores (B.N. e Y.N.) para que adecúe sus prestaciones de acuerdo a lo que establecía la ley de emergencia, ahora restituida para ellos.

Costas a cargo del Estado: El juez impuso que los costos del proceso judicial queden a cargo del Estado Nacional.

Aunque el Gobierno puede apelar la medida, este fallo representa la primera resolución judicial que anula los efectos del veto presidencial en materia de discapacidad y abre la puerta a que se presenten recursos de amparo similares en otros juzgados del país.

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