Flexibilización del cepo: quiénes podrán volver a comprar dólar MEP y contado con liqui desde hoy

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El Banco Central de la República Argentina (BCRA) decidió este martes flexibilizar el cepo cambiario mediante la eliminación de restricciones que pesaban sobre personas humanas a la hora de realizar operaciones con bonos para comprar dólar MEP y contado con liquidación (CCL). Esta medida beneficia a quienes habían recibido algún tipo de ayuda social durante la pandemia o percibían subsidios del Estado en sus tarifas de energía.

Según el comunicado del BCRA, esta flexibilización permitirá a todas las personas que se encontraban en esas categorías acceder nuevamente al dólar MEP para concretar operaciones inmobiliarias y suscribir créditos hipotecarios en pesos.

El dólar MEP, también conocido como «dólar Bolsa», es una forma legal de adquirir moneda extranjera en Argentina a través del mercado de capitales. El proceso implica la compra de bonos públicos en el mercado local con pesos y su posterior venta en dólares, generando un tipo de cambio implícito. El dólar CCL, o «contado con liquidación», permite realizar la misma operación pero transfiriendo las divisas a una cuenta en el exterior.

A continuación, se detalla quiénes podrán acceder nuevamente a estos dólares financieros:

  1. Beneficiarios de refinanciaciones de saldos de tarjeta de crédito durante la pandemia.
  2. Beneficiarios de diversos créditos durante la pandemia, incluyendo:
    • «Créditos a Tasa Cero»
    • «Créditos a Tasa Cero 2021»
    • «Créditos a Tasa Cero Cultura»
    • «Créditos a Tasa Subsidiada para Empresas»
  3. Beneficiarios de programas de asistencia a pymes para el pago de sueldos.
  4. Beneficiarios del congelamiento de las cuotas de créditos hipotecarios durante la pandemia.
  5. Diputados y senadores nacionales, quienes habían sido restringidos por una decisión conjunta de ambas cámaras en octubre de 2020.
  6. Usuarios de servicios públicos que sean beneficiarios del subsidio en las tarifas de suministro de gas natural por red y/o energía eléctrica, ya sea que lo hubieran obtenido por solicitarlo o de manera automática, y/o del subsidio en las tarifas de agua potable.
  7. Beneficiarios del “Plan de pago de deuda previsional” previsto en la Ley Nº 27.705 u otro plan de regularización de deuda previsional, hasta tanto no hayan cancelado la deuda.
  8. Beneficiarios de los “Créditos Anses”.
  9. Trabajadores registrados en el SIPA que recibieron créditos según el decreto de septiembre de 2023.

Esta medida es parte de la “Fase 2” del programa económico del gobierno y busca facilitar el acceso al mercado cambiario para diversos sectores de la población.

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