El presidente Javier Milei firmó el decreto 765/2024, que elimina el cobro de derechos de autor por la reproducción de música, películas y otras obras artísticas en ámbitos privados. Esta medida, publicada en el Boletín Oficial, redefine lo que constituye una “representación o ejecución pública”, limitando esta categoría a los espacios de acceso público y dirigido a una pluralidad de personas.
El nuevo decreto reemplaza al anterior, el decreto N°41.223/34, y establece que las reproducciones en ámbitos privados, ya sean de ocupación permanente o temporal, no están sujetas a compensación por derechos de autor. Esta medida busca reducir los costos operativos para el sector turístico y hotelero, que a menudo enfrentaba cargos significativos por la utilización de música y películas en sus instalaciones.
Manuel Adorni, vocero presidencial, destacó que la reforma beneficiará principalmente a los hoteles, donde el costo por derechos de autor podía alcanzar hasta el 10% del precio del servicio. «Esta medida permitirá una reducción en los precios de las tarifas hoteleras, beneficiando al turismo y mejorando la competitividad del sector», afirmó Adorni.
Federico Sturzenegger, ministro de Desregulación, explicó que el decreto aclara la distinción entre espacios privados y públicos, resolviendo controversias previas sobre si el uso de televisores en habitaciones de hotel constituía una difusión pública. “El decreto elimina la confusión y evita que se cobren derechos por la mera existencia de dispositivos en habitaciones de hotel”, dijo Sturzenegger.
El decreto también aborda el impacto de los medios tecnológicos en la propiedad intelectual. La normativa especifica que la reproducción de obras a través de medios mecánicos, electrónicos o digitales, incluyendo Internet, sigue siendo susceptible de cobro.
El cambio ha generado una respuesta polémica, especialmente con la Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música (SADAIC), que había sido criticada por algunos funcionarios del Gobierno. Javier Lanari, subsecretario de Prensa de Presidencia, comentó en redes sociales que la anterior normativa permitía el cobro de derechos por usos menores como la reproducción de música en fiestas privadas, llamándolo un «curro».
Beatriz Busaniche, titular de la Fundación Vía Libre, explicó que el nuevo decreto reduce significativamente el alcance de lo que se considera ejecución pública, beneficiando a pequeños comerciantes, hoteleros y otros usuarios privados al resolver litigios anteriores con SADAIC.
La normativa también precisa que los autores deben recibir una remuneración equitativa solo por el uso público de sus obras, excluyendo usos ocasionales con fines didácticos o conmemorativos en establecimientos educativos.
Este cambio en la legislación sobre derechos de autor se alinea con una tendencia global hacia el acceso libre y la promoción del uso compartido de obras, aunque su implementación y efectos seguirán siendo objeto de debate en los próximos meses.