La Corte Suprema de Justicia declaró por unanimidad la inconstitucionalidad de la reelección indefinida del gobernador de Formosa, Gildo Insfrán. La decisión del máximo tribunal integrado por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda fue en línea con la postura del Procurador General interino, Eduardo Casal.
Básicamente, la CSJN resolvió que las provincias no pueden permitir reelecciones ilimitadas sin contradecir la Constitución Nacional, fijando un precedente sobre los límites republicanos aplicables a las normativas provinciales.
El jefe de los fiscales había dictaminado la inconstitucionalidad de la reelección indefinida del cargo de gobernador en Formosa al hacer lugar a un amparo de la oposición contra los planes del dirigente peronista, en el puesto desde 1995 con ocho mandatos consecutivos y que preveía ir por un nuevo período al frente del Ejecutivo provincial.
El argumento de los amparistas y la respuesta de la Corte
El argumento principal de los amparistas sostiene que ese artículo “violenta” el artículo 5 de la Constitución Nacional y el artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos.
El controvertido artículo de la Constitución formoseña establece que “el Gobernador y el Vicegobernador durarán cuatro años en su cargo y podrían ser reelectos.
